La Agencia Tributaria aclara los plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación para abril de 2025.

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La festividad del Lunes de Pascua no alterará la fecha límite del 15 de abril para presentar autoliquidaciones con pago domiciliado
La festividad del Lunes de Pascua no alterará la fecha límite del 15 de abril para presentar autoliquidaciones con pago domiciliado

La Agencia Tributaria ha emitido una nota aclaratoria sobre los plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria cuyo vencimiento genérico coincide con el Lunes de Pascua (21 de abril de 2025), respondiendo así a las dudas surgidas entre los contribuyentes.

Puntos clave de la aclaración:

  • El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria finalizará el 15 de abril de 2025, independientemente de si el Lunes de Pascua es festivo o no en la localidad del contribuyente.
  • Esta fecha límite se aplica en dos escenarios:
    1. Para contribuyentes en localidades donde el Lunes de Pascua no es festivo (ingreso el 21 de abril)
    2. Para contribuyentes en localidades donde el Lunes de Pascua es festivo (ingreso el 22 de abril)

Fundamento legal:

La decisión se basa en el artículo 3.2 b) de la Orden EHA/1658/2009 (modificada por la Orden HAC/241/2025), que establece la necesidad de mantener un mínimo de tres días hábiles o cinco naturales entre el fin del plazo de presentación con domiciliación y el vencimiento del plazo general.

Consideraciones especiales:

  • El traslado del vencimiento ordinario del 20 de abril (domingo) al 21 de abril (lunes)
  • La festividad del Jueves Santo (17 de abril) en Madrid capital
  • La aplicación del criterio de cinco días naturales ante la imposibilidad de cumplir con los tres días hábiles requeridos

Esta aclaración busca eliminar cualquier incertidumbre sobre los plazos de presentación, garantizando la seguridad jurídica para todos los contribuyentes.

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